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Manteniendo Familias Unidas

Section 212(d)(5)(A) of the Immigration and Nationality Act (INA). Inmigración está acceptando aplicaciones para este programa desde agosto 19, 2024.

Manteniendo a las Familias Unidas, es un proceso que permite a ciertos no ciudadanos cónyuges e hijastros de ciudadanos estadounidenses a aplicar para un "parole" (libertad condicional) para que se les facilite procesar peticiones de residencia sin tener que separarse de sus familias ni salir de los Estados Unidos para ir a su país de origen. Y podrá obtener un permiso de trabajo y número de seguro social. Si su "parole" es aprobado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración este durará 3 años a partir de la fecha de aprobación. Sin embargo, si usted sale de los Estados Unidos su "parole" automaticamente será terminado.

Para poder ser elegible para consideración, los no ciudadanos que son cónyuges de ciudadanos estadounidenses deben:

1. Estar presentes en Estados Unidos sin haber sido admitidos ni haber obtenido el permiso de permanencia temporal;

2. Haber estado físicamente presentes de manera continua en Estados Unidos desde al menos el 17 de junio de 2014 hasta la fecha de presentación de su petición;

3. Tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense desde en o antes del 17 de junio de 2024;

4. No tener antecedentes penales que lo descualifiquen y que no se le considere una amenaza para la seguridad pública, la seguridad nacional o la seguridad fronteriza; y

5. Presentar datos biométricos y someterse a las verificaciones de antecedentes requeridas y a investigaciones de seguridad nacional y seguridad pública.

Los no ciudadanos que son hijastros de ciudadanos estadounidenses deben:

1. Haber sido menores de 21 años de edad y solteros el 17 de junio de 2024;

2. Estar presentes en Estados Unidos sin haber sido admitidos ni haber recibido un permiso de permanencia temporal;

3. Haber estado físicamente presentes de manera continua en Estados Unidos desde al menos el 17 de junio de 2024 hasta la fecha de presentación de la solicitud;

4. Tener un padre o madre no ciudadano que contrajo un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense el 17 de junio de 2024 o antes y antes de que el hijastro cumpliera 18 años de edad;

5. No tener antecedentes penales que lo descualifiquen y que no se le considere una amenaza para la seguridad pública, la seguridad nacional o la seguridad fronteriza; y

6. Presentar datos biométricos y someterse a las verificaciones de antecedentes requeridas y a investigaciones de seguridad nacional y seguridad pública.

Llame a nuestra oficina para averiguar si ud. califica y para su proceso

 
 
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Peticiones Familiares, Ajustes de Residencia, Ciudadanías, DACA, Manteniendo Familias Unidas, Visa para Prometidos (Fiance Visa), Autorizaciones de Trabajo, Traducción de documentos del Español al Inglés y viceversa, y con todo lo relacionado a casos de Inmigración.

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El Dream Act

Proceso de Acción Diferida para los que llegaron en su niñez. Inmigración está acceptando aplicaciones y renovaciones para este programa.

En conformidad con la orden de la Corte del Distrito de los Estados Unidos, efectiva diciembre 7, 2020, el USCIS (Servicio de Ciudadania e Inmigración de Estados Unidos) están:

1. Acceptando solicitudes para la Acción Diferida (DACA) basandose en los términos de este programa en efecto antes de septiembre 5, 2017 y de acuerdo con la orden de esta Corte de diciembre 4, 2020;

2. Extendiendo a dos años la aprobación bajo DACA y extendiendo a dos años el permiso de empleo.

Ciertas personas jóvenes que fueron traídas a los Estados Unidos siendo menores sin responsabilidad propia y que cumplen con otros criterios específicos, serán consideradas para que se les detenga su deportación del país o evitar el comienzo de los procesos de deportación. Aquellos que puedan demostrar que cumplen con los criterios serán elegibles para recibir Acción Diferida por dos años, sujeta a renovación, y pueden ser elegibles para permisos de trabajo. Usted puede aplicar para este programa si reune los siguientes requisitos:

1. Si usted era menor de 31 años en Junio 15, 2012;

2. Si usted llegó a los Estados Unidos antes de cumplir los 16 años;

3. Si usted ha residido continuamente en los Estados Unidos desde Junio 15, 2007 hasta el presente;

4. Si usted estuvo físicamente presente en los Estados Unidos en Junio 15, 2012 y al momento de hacer su aplicación con el USCIS;

5. Si entró sin haber sido inspeccionado antes de Junio 15, 2012, o su status legal de inmigración expiró en Junio 15, 2012;

6. Está usted actualmente en el colegio, se ha graduado, o ha obtenido un certificado de haber completado high school, o ha obtenido un certificado GED, o es un veterano de la Coast Guard o de la Fuerzas Armadas de los Estados Unidos que ha sido descartado honorablemente; y

7. No lo han culpado de una felonía, de un delito menor grave, o de 3 o más delitos menores, o representa una amenaza a la seguridad nacional o a la seguridad pública.

Usted pudo aplicar para este programa de Acción Diferida a partir de Agosto 15, 2012.

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